Programa de Reactivación Productiva: el detalle de las exenciones impositivas para grandes y pequeños contribuyentes

La titular de la DPIP manifestó: “Fue aprobada por la Legislatura provincial la Ley 1050 del Programa de Reactivación Productiva, que establece dos líneas de beneficios para mejorar la productividad: por un lado, una línea de créditos, y por el otro, una línea de exenciones impositivas. Como Dirección Provincial de Ingresos Públicos, nos vemos directamente involucrados con el tema de exenciones impositivas y a este efecto tenemos dos tipos de exenciones”.

1- Exenciones impositivas para los medianos y pequeños contribuyentes

 

“Se trata de una exención para aquellos contribuyentes sobre los ingresos brutos de cualquier actividad, de la provincia de San Luis, directos en los impuestos, que facturen menos de $29 millones al año y que haya disminuido su recaudación en un 20% comparando 2019 con 2020”, comentó Badaloni, y añadió: “Los contribuyentes van a poder solicitar esta exención impositiva, a través de la página de la DPIP, con clave fiscal; va a ser automática e inmediatamente que se solicite por el contribuyente, él mismo va a tener acceso a certificados de no retención y no percepción de los ingresos brutos porque estos contribuyentes no van a tributar este impuesto hasta el 31 de diciembre de 2021”.

Ejemplo: El contribuyente tiene un kiosco y facturó 100 pesos en el 2020 y 100 pesos en el 2019, significa que facturó menos del 20% por la inflación que hubo en el año. Entonces, este contribuyente puede acceder a este beneficio fiscal.

2- Exenciones impositivas para los grandes contribuyentes

 

“La ley plantea una exención para aquellos contribuyentes que superen los 29 millones de pesos de recaudación anual. Para esos contribuyentes, pueden presentar un proyecto de inversión y solicitar la exención impositiva. La misma va a ser igual al 50% del impuesto que pago en el 2019 o 2020, la que sea mayor”, afirmó la directora, y añadió: “Este proyecto tiene que ver con una inversión que haga en su empresa y no podrá exceder esta exención el monto de la inversión que plantea en el proyecto presentado”.

Ejemplo: Una panadería que incorpore una nueva maquinaria para producir una nueva línea de productos. El valor de esta maquinaria no podrá superar la exención impositiva que se le otorgue a este contribuyente. La exención va a ser igual al 50% del impuesto que pago en el 2019 o 2020, el que sea mayor.

 

Nota, fotos y video: ANSL.

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