Subió a $4.500 la ayuda económica del Seguro de Capacitación y Empleo: ¿quiénes lo cobran?
La ayuda económica no contributiva mensual que el Seguro de Capacitación y Empleo brinda a trabajadores desocupados, pasará de $3.000 a $4.500 desde este mes, dispuso hoy el Ministerio de Trabajo.
Se trata de trabajadores que se encuentran en la búsqueda activa de empleo, en la actualización de sus competencias laborales y en el desarrollo de emprendimientos independientes, que venían percibiendo 3 mil pesos desde julio del año pasado.
La Resolución 178/2021, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, establece que los beneficiarios podrán percibir sólo una de las asistencias económicas por período mensual.
Además, el suplemento no será acumulable, ni integrable, a las ayudas económicas mensuales previstas por otros programas o acciones de empleo implementados por el Ministerio de Trabajo.
El Seguro de Capacitación y Empleo está vigente desde 2006, y ahora el Gobierno consideró «necesario actualizar los valores de las ayudas económicas mensuales e incentivos económicos».
Según lo dispuesto, los participantes del Seguro percibirán un suplemento dinerario mensual, adicional a la prestación básica mensual, hasta alcanzar la suma de 4.500 pesos.
Para ello, deberán cumplir con asistencia a talleres de orientación laboral, por un máximo de tres períodos mensuales; o bien, a talleres de apoyo a la búsqueda de empleo, por un máximo de seis períodos mensuales, continuos o discontinuos, entre otros.
Asimismo, los participantes que no se encuentren desarrollando una actividad formativa o de apoyo a la inserción laboral prevista y se presenten, en respuesta a una citación o por su propia iniciativa, ante la Oficina de Empleo en al menos dos oportunidades dentro de un mismo mes, percibirán un suplemento dinerario, adicional a la prestación básica mensual, hasta alcanzar la suma mensual de $2.000, de acuerdo con el texto oficial.
El suplemento dinerario de asistencia para la búsqueda de empleo podrá ser percibido en hasta seis períodos mensuales, continuos o discontinuos, durante el plazo total de participación en el Seguro de Capacitación y Empleo.
Por su parte los participantes que aprueben un curso de formación
Fuente: Ámbito –