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La Dirección de Ingresos Públicos aclaró la nueva normativa sobre Ingresos Brutos

Lo principal que hay que saber es que la implementación del sistema de recaudación alcanza solamente a las personas físicas o jurídicas inscriptas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Esto implica varias cosas:

  • No es un nuevo impuesto
  • Tampoco significa un aumento en el impuesto sobre los Ingresos Brutos
  • No modifica el valor de los bienes o servicios, por lo que no debe sumarse al precio
  • No afecta las cuentas de uso personal

A las personas que no están inscriptas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos no se les realiza ningún descuento por cobrar o pagar con billeteras virtuales.

Es un sistema de recaudación anticipada del impuesto a pagar para contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, por el cual se les retiene un monto “a cuenta del Impuesto” a ser descontado al momento de pagar el impuesto correspondiente de acuerdo a la actividad que realiza.

La retención se efectúa al momento acreditarse la transferencia en la billetera virtual; de manera similar a las retenciones que efectúan las entidades bancarias sobre los depósitos o transferencias realizados a un sujeto inscripto en el impuesto sobre los ingresos brutos.

Fuente: ANSL

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