El Gobierno prohibirá la circulación nocturna en todo el país hasta que bajen los números de contagios

Alberto Fernández inició a primera hora de este jueves otra ronda de consultas con gobernadores y funcionarios clave del Gabinete Nacional para definir nuevas medidas de excepción que apuntan a frenar la ola de contagios de COVID-19 que irrumpió en los principales centros urbanos del país.

En principio, las medidas que se anunciaran hoy a la tarde y comenzaran a regir mañana consisten en lo siguiente:

1. Se frena la circulación nocturna en todo el país.

2El horario prohibición será de 23 a 5 de la mañana. Puede ocurrir que finalmente sea desde las 24.

3Se establecerá un piso mínimo de contagio para establecer excepciones solicitadas por los gobernadores. Si el piso se mantiene, no se aplica la prohibición. Si sube con el correr de los días, esa excepción queda anulada.

4. La violación a las nuevas disposiciones que anunciará el Gobierno estarán comprendidas en el artículo 205 del Código Penal. Eso significa que los infractores serán denunciados ante la justicia.

5. Se habilitará el secuestro de vehículos y la imposición de multas.

El Presidente mantuvo ayer una larga video conferencia con los 24 gobernadores y después protagonizó un cónclave en Olivos con su jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, el ministro del Interior, Eduardo “Wado” de Pedro, el ministro de Salud, Ginés González García, y a través de manera remota, con Vilma Ibarra, secretaria Legal y Técnica.

Alberto Fernández recibió una docena de informes técnicos que prueban que la ola de contagios golpeó a los sectores jóvenes -entre 20 y 35 años- y que estos contagiados podían causar una tragedia aún mayor en los grupos más vulnerables de la Argentina.

En este sentido, el jefe de Estado acordó con los gobernadores establecer un operativo sanitario que trabe la secuencia aglomeraciones -fiestas, contagios y multiplicación del COVID-19 a lo largo de todo el país. Y respecto a la implementación de las medidas, solicitó a su Gabinete un dispositivo jurídico de aplicación inmediata a través de un decreto.

Este decreto -aún no se sabe si será simple o de Necesidad de Urgencia- será publicado en el Boletín Oficial antes de la medianoche para que las medidas tengan cumplimiento efectivo desde las 00.00 del 8 de enero de 2021.

Antes de firmar la aplicación de las nuevas medidas, Alberto Fernández aguarda un informe técnico del Ministerio de Salud para determinar el límite de número de contagios que permitirá evitar la prohibición de circular entre las 23 y las 5 de la mañana.

Con ese límite, los gobernadores podrán solicitar al Poder Ejecutivo las excepciones legales que regirán en sus provincias. Y si la ola de contagios cruza el límite técnico previsto por la cartera de Salud, esa ciudad o localidad en particular, pierde la excepción y queda comprendida en las regulaciones generales de la prohibición dictada por decreto.

Los gobernadores, en cambio, solicitan que la prohibición comience a partir de las 00.00 para permitir a los comercios y restaurantes una hora más de actividad comercial.

Alberto Fernández y los gobernadores asumen el cansancio social y la preocupación de los comerciantes, y aunque no lo reconocen en público, están alertas a posibles eventos de desobediencia civil. Por eso, los 24 mandatarios y el Presidente acordaron establecer penalidades, aplicar multas, disponer el secuestro de vehículos y desplegar fuerzas de seguridad en zonas de vacaciones de la costa y en la Patagonia.

 

Fuente: Infobae –

 

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